El Senador Javier Corral Jurado (MORENA) presentó el 28 de octubre de 2024 una iniciativa de reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). Esta responde a las observaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), con el objetivo de fortalecer la Prevención de Lavado de Dinero (PLD) y el Financiamiento al Terrorismo (FT), proteger el Sistema Financiero Nacional y alinear a México con estándares internacionales.


El Congreso de la Unión aprobó dichas reformas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y alartículo 400 Bis del Código Penal Federal, y finalmente fueron publicadas el día de ayer 16 de julio de 2025 en la edición vespertina del DOF, fortaleciendo el marco jurídico en materia de Prevención de Lavado de Dinero (PLD).

Objetivo


La actualización de la LFPIORPI alineándola con estándares internacionales (GAFI), mejora la supervisión e incluye nuevos conceptos (como activos virtuales). Parte de sus cambios clave son los siguientes:

  • Redefinición del Beneficiario Controlador: Se precisa su identificación en todas las operaciones, ahora con una titularidad del 25% y aplicable también a fideicomisos y estructuras jurídicas.
  • Nuevas figuras: Se incorporan términos como “Representante Encargado de Cumplimiento” y “Riesgo”, Homologación de los términos Dueño Beneficiario, Beneficiario Controlador y Propietario Real”
  • Mayor coordinación institucional: Se fortalece la cooperación entre SHCP, Fiscalía, Guardia Nacional, y entidades locales.
  • Uso de UMA: Se reemplaza el salario mínimo como referencia monetaria, facilitando la actualización automática.
  • Plazo de conservación de documentación: Se extiende a 10 años.
  • Nuevas obligaciones electrónicas: Alta, registro y modificación en línea de sujetos obligados.
  • Activos virtuales: Se regulan con más detalle, incluyendo identificación de origen, receptor y beneficiario controlador.
  • Artículo 400 Bis CPF: Se reforma para incluir criterios más claros sobre delitos relacionados con operaciones con recursos ilícitos.
  • Auditoría anual: Se introduce la obligación de realizar auditorías internas o externas en entidades consideradas de alto riesgo. El objetivo de estas auditorías es evaluar el cumplimiento de las medidas de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Las auditorías deben realizarse anualmente o a partir de la fecha en que la entidad comience a operar como Actividad Vulnerable, y hasta el 31 de diciembre del año siguiente.
  • Capacitación: Se establece una nueva obligación para que las AVs implementen programas de capacitación anuales dirigidos a:
    1. Miembros del órgano de administración
    2. Persona administradora única
    3. Personal directivo
    4. Personas representantes de cumplimiento
    5. Personal de relación directa con clientes
    6. La capacitación debe cubrir la Ley, la regulación secundaria y el Manual de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT).
  • Enfoque Basado en Riesgos. (EBR):  Este enfoque tiene como objetivo abordar las deficiencias identificadas en la evaluación mutua, específicamente en relación con la falta de obligatoriedad de las entidades financieras de implementar un EBR y monitorear a los clientes según su nivel de riesgo.
 
 

A continuación, presentamos una tabla comparativa, respecto a las últimas reformas a la LFPIORPI.

Recomendaciones a seguir

  • Realizar alta, actualización y registro como Actividad Vulnerable.
  • Contar con un encargado de cumpliento.  
  • Contar con Manual PLD.  
  • Realizar expedientes de identificación de clientes, usuarios y verificar su identidad.
  • Identificar al dueño beneficiario (beneficiario controlador)
  • Presentar los avisos en tiempo y forma.
  • Brindar las facilidades en las visitas de verificación.
  • Capacitación al personal para el cumplimiento de las obligaciones.
  • Conservar la documentación soporte de operaciones por al menos diez años.
  • Realizar una verificación del grado de cumplimiento actual y evitar contingencias.

En conclusión, la reforma de 2025 moderniza y profundiza la LFPIORPI. Sustituye conceptos, incorpora nuevas tecnologías, refuerza la supervisión y alinea a México con compromisos internacionales en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT). Representa un paso firme hacia un sistema preventivo más robusto, aunque también incrementa las obligaciones formales de los sujetos obligados.

 

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C.P.C. PCFI. PCPLD y L.D. Silvia Rosa Matus de la Cruz

Socia de PLD

 

17 de julio de 2025