Entrada en vigor de la FEND Off Fentanyl Act
El 24 de abril de 2024 entró en vigor La FEND Off Fentanyl Act cuando fue firmada por el Presidente Donald Trump como parte de una ley de seguridad nacional.
Dicha ley declara el tráfico internacional de fentanilo y precursores como una emergencia nacional de EE.UU, lo que permite al Presidente invocar la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) para bloquear propiedades y prohibir transacciones de personas o entidades extranjeras vinculadas con fentanilo .
Alcances
En el marco de la Prevención de Lavado de Dinero, la citada ley, entre otras cosas, autoriza al Departamento del Tesoro (FinCEN y OFAC) a implementar medidas especiales para instituciones financieras extranjeras ligadas al lavado de dinero del fentanilo y prohibir ciertas transacciones y establecer condiciones para remesas relacionadas con fentanilo.
Primeras acciones
El 25 de junio de 2025 como parte de los primeros resultados en la implementación de esta ley, FinCEN emitió las primeras órdenes, identificando a instituciones mexicanas (CIBanco, Intercam y Vector casa de bolsa) como de “preocupación principal” por lavado vinculado al fentanilo por presuntamente facilitar operaciones financieras para cárteles mexicanos, incluyendo transferencias relacionadas con la compra de precursores químicos para la producción de fentanilo
Respuesta de las autoridades mexicanas
El 26 de junio de 2025, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) anunció la intervención gerencial temporal de CI Banco e Intercam Banco, tras las acusaciones del Departamento del Tesoro de EE. UU. por presunto lavado de dinero vinculado al narcotráfico y al tráfico de fentanilo. Esto significa que se sustituirán los órganos administrativos y representantes legales y el IPAB (instituto para la Protección al Ahorro Bancario) nombrará administradores interinos de ambas instituciones para garantizar su operación conforme a la ley y la prohibición de ciertas transacciones con el sistema financiero de EE.UU. por un plazo inicial de 21 días. En lo que respecta al señalamiento de México buscará que EE.UU. entregue evidencias para determinar medidas adicionales.
Esta intervención es una medida preventiva, no una liquidación. Busca garantizar la estabilidad operativa y fortalecer la confianza en el sistema financiero durante la gestión de la crisis, Se revisan los activos y pasivos, la información contable, operaciones en curso, etc., para detectar y corregir irregularidades antes de que cualquier decisión o sanción externa ponga en riesgo a los clientes, evitando que paguen consecuencias por presuntas malas prácticas de gestión o lavado. No hay una duración fijada; terminará una vez que las autoridades consideren que los problemas han sido subsanados.
Posicionamiento de las Instituciones intervenidas
Las instituciones intervenidas han negado las acusaciones y expresado su disposición a colaborar con las autoridades. La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que hasta el momento no se han presentado pruebas concretas por parte de EE. UU. y que las investigaciones locales solo han detectado faltas administrativas.
Declaración de las autoridades mexicanas
Las autoridades mexicanas han asegurado que los depósitos de los clientes están protegidos por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) y que las operaciones de los bancos continúan con normalidad. La Asociación de Bancos de México afirmó que estas situaciones no representan un riesgo sistémico para el sistema financiero mexicano, sin embargo, si existen riesgos reputacionales y riesgos de contagio dentro del sistema financiero mexicano.
Fuentes
https://www.intercam.com.mx/acerca-de-intercam/avisos/comunicado-oficial/
https://www.congress.gov/bill/118th-congress/senate-bill/1271
https://www.fincen.gov/sites/default/files/shared/Section-2313a-order-Intercam-Banco-508.pdf
C.P.C. PCFI. PCPLD. y LD. Silvia Rosa Matus de la Cruz
Socia de PLD
27 de junio de 2025
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