A partir del día 17 de junio de 2025, queda prohibido tener a los trabajadores de pie durante varias horas al día, los empleadores o patrones tuvieron 180 días para realizar modificaciones o para adquirir sillas ergonómicas, con las cuales se podrán prevenir riesgos y mejorar el entorno laboral.
El 19 de diciembre del 2024, la Ley Silla se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y con ello, comenzó a correr el plazo de transición a la reforma en la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 132, primer párrafo y fracción V; 133, primer párrafo; 422, primer párrafo y 423, fracciones I, V, VIII y X, y se adiciona una fracción XVII Bis al artículo 133, en los cuales se reconoce el derecho al descanso de los trabajadores y trabajadoras en un asiento con respaldo.
La Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de diversos medios de difusión ha señalado que durante 2025 se incrementaron las inspecciones laborales y que mantendrá estas visitas con la finalidad de supervisar el cumplimiento de esta Ley, por lo que también ha mencionado, que las empresas tendrán multas por incumplimiento que van desde 250 a 2500 veces la Unidad de Medida y Actualización (de $28,285.00 y hasta $282,850.00 pesos), según la gravedad de la infracción y la reincidencia, llegando a tener incluso suspensión temporal de actividades.
Algunos puntos para tomar en cuenta de la Ley Silla:
Se espera que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emita lineamientos adicionales sobre los riesgos asociados a posturas prolongadas y deberán incorporarse a protocolos de salud ocupacional de las empresas, conforme al segundo transitorio del Diario Oficial de la Federación del 19 de diciembre de 2024, por lo que contará con 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor del decreto para emitir la Norma Oficial Mexicana que habrá de regular esta Ley.
Fuente: Boletín de prensa 300/2025, Unidad de Comunicación Social, Gobierno de México.
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19 de junio de 2025
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