El día 11 de septiembre el INFONAVIT dio a conocer a través de comunicado oficial una “ampliación en el plazo de la implementación del artículo 29” publicado el pasado 21 de febrero del presente.
En el comunicado, comenta que se amplía el plazo de aplicación hasta enero de 2026, correspondiente a las cuotas de noviembre y diciembre de 2025.
Con esta ampliación de plazo se crean varios supuestos:
En caso de que los patrones hayan implementado y puesto en marcha los procesos internos necesarios para cumplir con la reforma, no será necesario que utilicen la nueva versión 3.6.8. del SUA.
En caso de los empleadores que quieran ocupar el nuevo plazo ya hayan migrado a la versión 3.6.7., deberán realizar la descarga de la versión 3.6.8.
Pero si estos empleados no llegaron a migrar la versión 3.6.7, entonces deberán usar la versión con la que hicieron el cálculo en bimestres anteriores.
El comunicado finaliza invitando a acudir a sus Delegaciones en caso de ocupar información o asesoría adicional.
La realidad es que se aproximan días de sobrecarga de trabajo para las áreas de recursos humanos de las empresas que no han logrado migrar a la necesidad literal de la reforma por impedimentos legales y operativos de su aplicación y es ahora, que les llega la dura realidad, directamente a los propios empleadores, de las limitaciones y paradojas que la propia autoridad ha creado por una reforma a su ley sin considerar las implicaciones en materia de la Ley Federal del Trabajo.
Recomendamos a los empleadores que deben de cumplir con el pago a más tardar el próximo miércoles 17 de septiembre, lo siguiente:
Considerar tomar la ampliación del plazo para la aplicación de la reforma del artículo 29 siempre y cuando aún no logren homologar los sistemas de nómina y SUA.
Considerar la ampliación si aún no realizan un análisis laboral específico del impacto a nivel organización de los saldos (retención insuficiente) que posiblemente no puedan ser recuperados, en su posición como responsable solidario.
Considerar que será una mayor carga administrativa y en específico en tiempos de operación para la generación de pagos SUA.
Conocer las nuevas causales para presentar aclaraciones a través del Portal Empresarial.
Considerar que el ingreso a las Delegaciones o CEDIs INFONAVIT, en su mayoría, solicitan sea con cita previa o atienden situaciones especializadas más no generales como el uso y aplicación del SUA.
Tener respaldado el SUA en todo momento en caso de hacer la desinstalación e instalación de versiones.
¿Dónde puedo descargarla?
Nuestros especialistas del área de Auditoría de Seguridad Social e INFONAVIT, se encuentran a sus órdenes para ayudarte y orientarte en tus dudas.
L.C. Miguel Castañeda
Gerente de Seguridad Social y Contribuciones Locales
C.P. Luis Ángel Aceves Domínguez
Seguridad Social y Contribuciones Locales
15 de septiembre de 2025
Somos una firma de Contadores Públicos Certificados, Abogados y Consultores de Negocios, que presta servicios especializados y diferenciados preservando el cumplimiento de los requisitos aplicables mediante el cumplimiento de normas y estándares de calidad, asumiendo el compromiso de vivir la “Cultura de la Calidad”, siempre enfocada hacia la mejora continua de sus servicios.