La corrupción y el Lavado de Dinero están intrínsecamente vinculados, ya que los recursos obtenidos por actos de corrupción, al ser ilícitos, requieren ser sometidos a mecanismos para ocultar su origen y darles una apariencia de legalidad. Es por esto que el G20 hizo un llamado al GAFI para abordar el problema de la corrupción en el marco de su trabajo en la lucha contra el LD/FT.
Uno de los riesgos asociados a la corrupción es el soborno. Es recomendable que los sujetos supervisados cuenten con una política antisoborno como parte de su política de cumplimiento, la cual debe basarse en un sistema de gestión que considere los riesgos de que los empleados reciban sobornos de clientes o usuarios para realizar operaciones que puedan vulnerar la legislación financiera o las disposiciones aplicables.
Para ello, la CNBV, dentro de la Guía anticorrupción, considera los elementos que debe tener la política antisoborno de los sujetos obligados, la cual debe adaptarse a factores como el tamaño de la organización, los lugares y sectores en los que opera, y la naturaleza, magnitud y complejidad de sus actividades. Los procedimientos y controles de implementación deben ser razonables y proporcionales a los riesgos de soborno que enfrenta la organización, para lo cual podrán:
Conoce el documento en el siguiente enlace:
https://www.cnbv.gob.mx/PrevencionDeLavadoDeDinero/Documents/Guia_Anticorrupcion_2020.pdf
C.P.C. PCFI. PCPLD y L.D. Silvia Rosa Matus de la Cruz
Socia de PLD
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