De acuerdo a la Recomendación 8 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) establece que los países deben evaluar el riesgo de que las organizaciones sin fines de lucro (OSFL) puedan ser utilizadas indebidamente para el financiamiento del terrorismo (FT). Esta recomendación busca evitar medidas indiscriminadas que limiten la operatividad legítima de las organizaciones, privilegiando un enfoque basado en riesgos (EBR).


Elementos clave del contexto internacional:

  • Realizar evaluaciones de riesgo sectoriales sobre las OSFL.
  • Promover la transparencia en el uso de fondos y actividades de las OSFL.
  • Establecer mecanismos de supervisión proporcional al riesgo.
  • Fomentar la cooperación con el sector para fortalecer el conocimiento y cumplimiento.

Marco Legal Nacional: Fracción XIII del Artículo 17 de la LFPIORPI

 

En México, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) reconoce en su artículo 17, fracción XIII,como Actividad Vulnerable:

La recepción de donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro será objeto de identificación por un valor igual o superior al equivalente a un mil seiscientas cinco UMAS ($181,589.7), mientras que serán objeto de aviso ante la Secretaría cuando los montos de las donaciones sean por una cantidad igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez UMAS ($363,179.4).”

 

Se entenderá por Asociaciones y Sociedades Sin Fines de Lucro (ASFL) las siguientes enunciadas:

  • Asociaciones y sociedades sin fines de lucro, agrupaciones u organizaciones de la sociedad civil (colegios, banco de alimentos, casas hogar, comedores comunitarios, fundaciones, asociación de padres de familia, etc.) las asociaciones o agrupaciones religiosas e iglesias; los partidos políticos nacionales o agrupaciones políticas nacionales, partidos políticos locales, colegios de profesionistas y sindicatos de trabajadores o patrones.

Obligaciones

  • Realizar alta, actualización y registro como Actividad Vulnerable.
  • Contar con un encargado de cumpliento.  
  • Contar con Manual PLD.  
  • Realizar expedientes de identificación de clientes, usuarios y verificar su identidad.
  • Identificar al dueño beneficiario (beneficiario controlador)
  • Presentar los avisos en tiempo y forma.
  • Brindar las facilidades en las visitas de verificación.
  • Capacitación al personal para el cumplimiento de las obligaciones.
  • Conservar la documentación soporte de los donativos y operaciones por al menos cinco años.

Sanciones

 

La autoridad administrativa (SAT PLD) tiene la facultad de revisar aquellos actos u operaciones consideradas como actividades vulnerables dentro de los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de inicio de la visita, es decir, actualmente se refiere al periodo comprendido entre 2020 a 2025.

 

Una vez habiendo revisado las operaciones y detectando omisiones o incumplimiento, la autoridad sancionara a quien incurra en los supuestos de la ley.

Nuevas obligaciones para donatarias en la Reforma a la LFPIORPI

 

Las donatarias autorizadas (asociaciones civiles, fundaciones u organizaciones similares que reciben donativos deducibles) son señaladas como susceptibles de ser utilizadas para canalizar recursos de procedencia ilícita.

 

Principales cambios:

  • Identificación y conocimiento del donante: Las donatarias deberán implementar procesos de identificación de sus donantes, especialmente cuando reciban donativos en efectivo o activos virtuales superiores a ciertos montos.

  • Reportes a la autoridad UIF: Se establece la obligación de presentar reportes sobre donaciones que resulten inusuales o que no correspondan con el perfil del donante.

  • Mayor transparencia y rendición de cuentas: Tendrán que documentar y conservar la información sobre el destino de los recursos, garantizando trazabilidad de los fondos.
  • Monitoreo de donaciones internacionales: Se les obliga a vigilar y reportar cuando reciban recursos provenientes del extranjero, ya que representan un mayor riesgo.

Evita sanciones y protégete con los servicios integrales de PLD de BHR México.Ofrecemos auditorías especializadas, elaboración y actualización de manuales, capacitación al personal y acompañamiento en el cumplimiento normativo. Mantente actualizado y fortalece la integridad de tu patrimonio.

 

¡Cumplir con la ley nunca fue tan fácil con BHR México!

 

Ligas de interés

 

Portal donde se cumplen las obligaciones correspondientes:

 

 

 

C.P.C. PCFI. PCPLD y L.D. Silvia Rosa Matus de la Cruz

Socia de PLD

 

16 de julio de 2025