Estimados clientes y amigos:

 

La SHCP publicó el 29 de Mayo del año en curso la 3ª Resolución a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025, por lo que a continuación señalamos las que consideramos las modificaciones más relevantes:

 

Regla 1.3.3. – Causales de Suspensión en los Padrones

 Se adiciona la fracción XLVIII estableciendo la causal de suspensión en los padrones por no arribar  las  mercancías a Depósito Fiscal en el plazo establecido.

 

Regla 1.6.26. – Garantías del interés fiscal equivalentes a los depósitos en cuenta aduanera de garantía

Se adiciona el quinto párrafo para establecer la obligación para las Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa autorizadas para la presentación del Aviso Mensual sobre las Cuentas Aduaneras de contribuyentes.

 

Regla 4.4.7.

Se adiciona esta regla para establecer el nuevo procedimiento para la exportación temporal de artesanías

 

Regla 4.5.7. Rectificación y cancelación de carta cupo

Se establecen nuevos plazos de arribo de mercancías a Depósito Fiscal y las consecuencias del no arribo.

 

Regla 4.5.33

Se adiciona esta regla para establecer nuevas obligaciones en  los Avisos para los Almacenes Generales de Depósito referentes al arribo, sobrantes y/o faltantes y no arribo de mercancías.

 

Regla 7.1.4. – Requisitos específicos para la obtención del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado

Se reforma el segundo para precisar los requisitos para Controladoras y Tercerización Logística en el esquema de Certificación Operador Económico autorizado (OEA)

 

Regla 7.1.6. – Plazos para emisión de Resoluciones del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas

Se reforman los párrafos segundo y sexto para señalar   supuestos de negativa directa.

 

 

Regla 7.2.3. – Renovaciones para el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas

Se reforma para ajustar el procedimiento cuando no se subsanan inconsistencias.

 

Regla 7.2.4. – Causales de cancelación y suspensión en IVA e IEPS y Socio Comercial Certificado

Se reforma el apartado C primer párrafo para precisar el inicio del procedimiento de cancelación.

 

Regla 7.4.1 – Garantía del interés fiscal de IVA /IEPS

Se reforma la fracción II para ampliar el plazo que la Administración General de Auditoría en Comercio Exterior (AGACE) otorga para la aceptación de la garantía.

Modificaciones a los siguientes Anexos:


          I.  Segunda Modificación al Anexo 1 de las RGCE para 2025.

          II.  Segunda Modificación al Anexo 2 de las RGCE para 2025.

          III.  Primera Modificación al Anexo 4 de las RGCE para 2025.

          IV.  Primera Modificación al Anexo 10 de las RGCE para 2025.

          V.  Tercera Modificación al Anexo 22 de las RGCE para 2025.

          VI.  Primera Modificación al Anexo 29 de las RGCE para 2025.



Transitorios

               Primero       

    • La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.





Lic. Ernesto Cervera

Socio de Comercio Exterior y Aduanas


02 de junio de 2025