El pago oportuno de cuotas no garantiza, por sí solo, que el cumplimiento patronal sea correcto. El IMSS y el INFONAVIT pueden contrastar movimientos afiliatorios, CFDI de nómina, registros contables, cédulas de determinación, incapacidades, riesgos de trabajo y datos relacionados con créditos de vivienda.

 

Cuando esos registros no coinciden, una diferencia aparentemente operativa puede convertirse en cuotas omitidas, actualizaciones, recargos, multas, capitales constitutivos o créditos fiscales. Por ello, el control debe comenzar desde la contratación y mantenerse hasta la baja del trabajador.

 

Obligaciones que deben controlarse, no solo pagarse

 

  • Afiliación y movimientos. Las altas, bajas y modificaciones de salario deben comunicarse al IMSS dentro de un plazo no mayor a cinco días hábiles. Este plazo no elimina el riesgo de capitales constitutivos si ocurre un siniestro antes de presentar el aviso.
  • Salario Base de Cotización. Deben integrarse correctamente los componentes f ijos, variables y mixtos. Las exclusiones solo proceden cuando cumplen los requisitos legales y se encuentran debidamente documentadas y registradas en la contabilidad.
  • Cuotas IMSS. La empresa debe determinar y pagar las cuotas obrero- patronales a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, aun cuando no reciba una propuesta de cédula del Instituto.
    INFONAVIT. El patrón debe determinar la aportación del 5% sobre el salario aplicable, efectuar y enterar los descuentos por créditos de vivienda y cubrirlos conforme al calendario bimestral vigente.
  • Buzón IMSS. Los medios de contacto deben mantenerse actualizados y deben existir responsables de revisión. Después del aviso, el patrón cuenta con tres días hábiles para abrir el documento; de no hacerlo, la notificación se tiene por realizada al cuarto día hábil.
  • Obligaciones especiales. Cuando correspondan, deben atenderse la determinación anual de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, los informes ICSOE y SISUB, y los controles aplicables a obras de construcción.

¿Dónde suelen originarse las diferencias?

 

Las contingencias generalmente no provienen de un solo error, sino de la falta de coordinación entre Recursos Humanos, Nómina, Contabilidad, Tesorería, Fiscal y Legal. Los principales focos de riesgo son:

 

  • Altas posteriores al inicio real de la relación laboral, bajas extemporáneas o modificaciones salariales presentadas fuera de plazo.
  • Conceptos de nómina excluidos del Salario Base de Cotización sin análisis técnico, evidencia suficiente o registro contable adecuado.
  • Bonos, comisiones, tiempo extraordinario, premios, fondos, alimentación u otras prestaciones tratadas de manera distinta entre nómina, CFDI, contabilidad y SUA.
  • Diferencias entre la nómina pagada, los CFDI timbrados, la contabilidad, las cédulas del SUA, las líneas de captura y los pagos efectivamente realizados.
  • Avisos de retención, modificación o suspensión de descuentos INFONAVIT que no se aplican oportunamente en nómina.
  • Incapacidades, riesgos de trabajo y movimientos de personal que no se reflejan de forma consistente en los sistemas internos y en los registros del IMSS.
    Informes ICSOE o SISUB incompletos, extemporáneos o incongruentes con contratos, trabajadores y beneficiarios de servicios especializados.

En operaciones con servicios especializados, el riesgo tampoco se limita al proveedor. La empresa beneficiaria puede enfrentar responsabilidad solidaria cuando el prestador incumple sus obligaciones de seguridad social respecto del personal utilizado en el servicio.

 

Revisión preventiva: ocho preguntas clave

 

  • ¿Las altas, bajas y modificaciones salariales se presentan dentro de los plazos legales y existen acuses de aceptación?
  • ¿La empresa cuenta con una matriz actualizada de conceptos de nómina que documente cuáles integran y cuáles no integran el Salario Base de Cotización?
  • ¿Se concilian periódicamente nómina, CFDI, contabilidad, SUA, SIPARE, emisiones del IMSS y pagos al INFONAVIT?
  • ¿Los avisos y descuentos de créditos INFONAVIT se aplican desde el momento que corresponde y se detienen cuando procede?
  • ¿Las incapacidades y los casos de riesgos de trabajo están completos antes de calcular la prima anual?
  • ¿El Buzón IMSS está habilitado, con medios de contacto vigentes, responsable principal, suplente y bitácora de atención?
  • ¿Las empresas con REPSE presentan ICSOE y SISUB dentro de los primeros 17 días de enero, mayo y septiembre, cuando les resulta aplicable?
  • ¿La documentación soporte se conserva de forma ordenada y permite explicar cada diferencia ante una revisión?

Una respuesta negativa no necesariamente implica una contingencia determinada, pero sí identifica una brecha que debe analizarse antes de que la autoridad la convierta en una observación o un crédito fiscal.

 

El cumplimiento preventivo requiere evidencia

 

Un expediente patronal sólido debe permitir reconstruir cada obligación desde su origen. Como mínimo, conviene conservar y relacionar los contratos y expedientes laborales, movimientos afiliatorios y acuses, cálculos del Salario Base de Cotización, CFDI de nómina, cédulas SUA, líneas de captura, comprobantes de pago, avisos INFONAVIT, controles de incapacidades y riesgos de trabajo, así como notificaciones y respuestas presentadas por medios electrónicos.

 

La finalidad no es acumular documentos, sino demostrar que la empresa cuenta con criterios consistentes, responsables definidos y una trazabilidad suficiente para corregir diferencias antes de una auditoría.

¿Cómo puede apoyar BHR a su organización?

 

En BHR México ayudamos a las empresas a fortalecer su cumplimiento en seguridad social mediante revisiones preventivas, conciliaciones y planes de regularización basados en riesgo y materialidad.

 

 

  • Diagnóstico integral por registro patronal, centro de trabajo y población de trabajadores.
  • Revisión de la integración del Salario Base de Cotización y de los conceptos fijos, variables y mixtos.
  • Conciliación entre nómina, CFDI, contabilidad, SUA, SIPARE, IMSS e INFONAVIT.
  • Validación de movimientos afiliatorios, avisos de crédito y descuentos de vivienda.
  • Revisión de prima de riesgos de trabajo, Buzón IMSS, ICSOE y SISUB, cuando resulten aplicables.
  • Cuantificación de diferencias, accesorios y posibles contingencias.
  • Diseño de un plan de corrección con prioridades, responsables, evidencia y fechas de cumplimiento.
  • Acompañamiento en requerimientos, auditorías, aclaraciones y procesos de regularización.

 

Actúe antes del próximo cierre de nómina o pago bimestral

 

Solicite una revisión preventiva con el área de Seguridad Social y Contribuciones Locales de BHR México. Podemos iniciar con una evaluación focalizada de nómina, CFDI, movimientos afiliatorios, SUA, pagos y avisos INFONAVIT para identificar focos rojos, priorizar diferencias y definir una ruta de corrección antes de una revisión de la autoridad. Agende una sesión de trabajo con nuestro equipo o contacte a su oficina BHR México para establecer el alcance de la revisión.

 

 

 

 

Fuentes:

 

 

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 123, Apartado A.
  • Ley del Seguro Social. Artículos 15, 15-A, 27 a 39-C, 72, 74, 286-L y 286-M.
  • Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
  • Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  • Artículos 29, 29 Bis, 35 y 56.
  • Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  • IMSS — Aviso de movimientos afiliatorios.
  • IMSS — Buzón IMSS.
  • IMSS — Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
  • IMSS — Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE).
  • INFONAVIT — Sistema de Información de Subcontratación (SISUB).
  • INFONAVIT — Calendario de pagos de aportaciones y amortizaciones 2026.

 

 

 

 

 

 

 

 

Miguel Castañeda Villalobos

Gerente de Seguridad Social

Michel Saraí Rodríguez

Senior de Seguridad Social

 

dn@bhrmx.com

 

21 de julio de 2026