Los Precios de Transferencia continúan siendo un componente relevante del cumplimiento fiscal de los grupos empresariales. Sin embargo, su revisión no debe limitarse a la elaboración de un estudio al finalizar el ejercicio.
Las operaciones, estructuras y responsabilidades de las empresas pueden modificarse durante el año. Cambios en las cadenas de suministro, nuevas tecnologías, procesos de digitalización, financiamientos, reestructuras o ajustes en la estrategia comercial pueden alterar las funciones desempeñadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos por cada entidad.
Cuando estas modificaciones no se reflejan oportunamente en las políticas, contratos y documentación de Precios de Transferencia, pueden generarse diferencias entre lo que establece el estudio y la realidad económica de las operaciones.
El estudio debe corresponder con la operación real
La Ley del Impuesto sobre la Renta establece que las operaciones celebradas entre partes relacionadas deben determinarse considerando los precios, contraprestaciones o márgenes que habrían utilizado partes independientes en operaciones comparables.
Asimismo, la documentación comprobatoria debe incluir información sobre las funciones o actividades realizadas, los activos utilizados, los riesgos asumidos, las características de cada operación, el método aplicado y los elementos de comparabilidad utilizados.
Esto significa que no basta con contar con un estudio técnicamente elaborado. La información debe ser consistente con:
Una diferencia relevante entre estas fuentes puede provocar cuestionamientos respecto de la sustancia de la operación, la metodología aplicada o la razonabilidad de la contraprestación.
El análisis funcional debe actualizarse
El análisis funcional permite identificar qué entidad desarrolla las actividades relevantes, qué recursos utiliza, qué decisiones adopta y qué riesgos controla efectivamente.
En la práctica, estos elementos pueden cambiar aun cuando los contratos o las políticas corporativas permanezcan sin modificaciones. Por ejemplo, una entidad puede asumir nuevas funciones comerciales, incorporar personal especializado, administrar activos tecnológicos, participar en decisiones estratégicas o controlar riesgos que anteriormente correspondían a otra empresa del grupo.
Si estos cambios no se documentan, la remuneración asignada a cada entidad podría dejar de ser congruente con su perfil funcional.
Por ello, es recomendable validar periódicamente:
Contribuciones únicas y valiosas
El Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 incluye el criterio 33/ISR/PI, conforme al cual los análisis de Precios de Transferencia deben reconocer las contribuciones únicas y valiosas realizadas por las partes relacionadas.
Estas contribuciones pueden consistir en intangibles, conocimientos especializados, procesos, relaciones comerciales, ventajas competitivas o actividades relacionadas con el desarrollo, mejora, mantenimiento, protección o explotación de activos intangibles.
La falta de reconocimiento de estas aportaciones puede afectar la selección de la parte analizada, la elección de comparables, la metodología utilizada y la distribución de la utilidad entre las entidades participantes.
Operaciones que requieren mayor soporte
Algunas transacciones demandan evidencia particularmente sólida debido a su naturaleza y complejidad.
Servicios intragrupo
Debe acreditarse que el servicio fue efectivamente prestado, que generó o podía generar un beneficio para la entidad receptora y que la contraprestación es razonable.
La factura y el contrato, por sí solos, pueden resultar insuficientes. Es conveniente conservar entregables, reportes, comunicaciones, controles de horas, criterios de asignación y demás evidencia de la prestación.
Financiamientos
El análisis debe considerar, entre otros elementos, el monto, plazo, moneda, garantías, solvencia del deudor, condiciones contractuales y tasa de interés.
También debe verificarse que la conducta real de las partes corresponda con lo establecido en los contratos.
Regalías e intangibles
Es necesario identificar quién desarrolla, mejora, mantiene, protege y explota el intangible, así como las contribuciones efectuadas por cada entidad.
La propiedad legal de una marca, patente o tecnología no necesariamente determina por sí sola qué empresa debe recibir el rendimiento económico asociado.
Reestructuraciones y cambios operativos
La transferencia de funciones, activos, riesgos, clientes o actividades puede modificar el perfil de las entidades y generar la necesidad de actualizar políticas, contratos, metodologías y remuneraciones.
Monitorear los márgenes antes del cierre
Esperar hasta la elaboración del estudio anual puede limitar la capacidad de reacción de la empresa.
El monitoreo periódico de los resultados permite comparar los márgenes obtenidos con las políticas internas y los rangos de mercado utilizados como referencia. De esta forma pueden detectarse oportunamente desviaciones ocasionadas por cambios operativos, condiciones extraordinarias, nuevos costos o modificaciones en el volumen de las operaciones.
Cuando se identifica una desviación, la empresa puede evaluar con anticipación sus causas y determinar si procede actualizar la política, fortalecer la documentación o analizar un ajuste de Precios de Transferencia conforme a las disposiciones aplicables.
¿Qué debe revisar su empresa durante 2026?
Para fortalecer su posición fiscal, es recomendable:
Conclusión
Los Precios de Transferencia no deben administrarse únicamente como una obligación anual. Constituyen un proceso continuo que debe acompañar la evolución de las operaciones del grupo.
Una revisión preventiva durante 2026 permite identificar cambios funcionales, corregir inconsistencias, reforzar la evidencia y evaluar oportunamente posibles desviaciones respecto del principio de plena competencia.
En BHR México apoyamos a las empresas en la revisión de sus operaciones intercompañía, análisis funcionales, políticas de Precios de Transferencia, estudios de comparabilidad, monitoreo de márgenes y cumplimiento de declaraciones informativas.
Anticipar la revisión permite llegar al cierre con una posición fiscal mejor documentada y con mayor capacidad de defensa.
Fuentes
Miguel Hernández M.
Director Certidumbre Fiscal
Claudia Rodríguez
Gerente de Precios de Transferencia
dn@bhrmx.com
23 de julio de 2026
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