El reloj ya corre
Menos de dos meses entre la publicación y las primeras obligaciones. Y Hacienda puede ampliar la lista en cualquier momento, sin pasar por el Congreso.
La ley en 30 segundos
Lo que realmente cambia en sus impuestos
La terminal es lo de menos. Lo relevante es que cada cobro digital deja un registro bancario, y ese registro ya está al alcance de la autoridad fiscal. Lo que hoy se cobra en efectivo y no pasa por el banco dejará de ser invisible.
Todo depósito bancario que no esté respaldado en la contabilidad puede presumirse como ingreso gravado (artículo 59, fracción III, Código Fiscal de la Federación).
Todo depósito bancario que no esté respaldado en la contabilidad puede presumirse como ingreso gravado (artículo 59, fracción III, Código Fiscal de la Federación).
Del lado del gasto la regla ya existe: sin pago electrónico no hay deducción en compras mayores a $2,000 ni en combustibles, y sin deducción tampoco hay IVA acreditable.
Cuatro movimientos antes de que salga la lista
¿Su empresa está lista?
Si alguna casilla quedó vacía, es mejor descubrirlo hoy que en una revisión del SAT.
Lo que le entregamos
Diagnóstico de trazabilidad fiscal de ingresos
Conciliamos sus depósitos bancarios contra los CFDI emitidos y las declaraciones de ISR e IVA de los ejercicios abiertos. Usted recibe un reporte escrito con las diferencias, los montos expuestos y un plan de corrección, listo antes de que Hacienda publique los sectores obligados.
Nota. El Senado aprobó esta ley el 20 de octubre de 2026 y la remitió al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, último paso para que surta todos sus efectos legales.
Consulte el dictamen aprobado en https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/66/3/2026-10-20- 1/assets/documentos/Dictamen_Econom%C3%ADa_Digital.pdf.
Miguel Ángel Hernández Mora
Director de Certidumbre Fiscal
22 de octubre de 2026
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