BOLETIN 2ª RESOLUCIÓN A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR 2022

Estimados Clientes y Amigos:

El 31 de Agosto del año en curso, la SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación la  2ª Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2022, por lo cual nos permitimos señalar los siguientes cambios:

Regla 3.5.19

Pago del aprovechamiento por la importación definitiva de vehículos usados, de conformidad con el “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera” publicado en el DOF el 19 de enero de 2022 y sus posteriores modificaciones.

Se reforma esta regla para establecer el procedimiento de pago del aprovechamiento señalado en el “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera” publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 19 de enero.

Anexo 22

Se reforma este anexo para adicionar el Identificador EN para mercancías declaradas en pedimentos ubicadas en los siguientes supuestos :

  • Las reglas 2.4.10, 2.4.11 y 2.4.12, así como el Anexo 2.4.1 del “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, publicado en el DOF el 09 de mayo de 2022.
  • Procedimientos de certificación y verificación de productos sujetos al cumplimiento de NOM’s, competencia de la SE.

Artículo Transitorio Primero fracción II  de las Reglas Generales de Comercio Exterior publicadas el 24 de diciembre de 2021

Es importante señalar que esta modificación establece que la obligación la transmitir el folio fiscal del CFDI, de ingreso o traslado, con Complemento Carta Porte será exigible a partir del 1 de octubre de 2022.

Lo anterior independientemente de lo publicado en el Diario Oficial de la Federación en la 7ª Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal del 26 de agosto del año en curso, la cual señala que no se aplicarán multas por errores en el llenado del Complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2022.

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En caso de dudas o comentarios estamos a sus órdenes.

L.E.I. Ernesto Cervera Morales
Comercio Exterior y Aduanas
dn@bhrmx.com

Septiembre 2022

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