A medida que se acerca el 30 de junio de 2026, las empresas sujetas al Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal y al Impuesto Sobre Hospedaje en el Estado de Yucatán enfrentan una fecha crítica de cumplimiento que no debe pasar desapercibida.


Más allá de una obligación formal, el Dictamen Yucatán 2025 representa una herramienta de control que permite identificar diferencias, corregir inconsistencias y fortalecer la posición fiscal de las organizaciones antes de una eventual revisión por parte de la autoridad estatal.


Sin embargo, cada año algunos contribuyentes detectan de manera tardía que se encuentran obligados a dictaminarse, lo que incrementa los riesgos de incumplimiento, ajustes de último momento y cargas administrativas extraordinarias.



El verdadero riesgo no es solo el vencimiento, sino las contingencias no identificadas


La legislación estatal establece que determinados contribuyentes deben presentar su dictamen a más tardar el 30 de junio del ejercicio inmediato posterior al que se dictamina.


Aunque el incumplimiento puede derivar en multas, observaciones y requerimientos por parte de la autoridad, el riesgo más relevante suele encontrarse en las diferencias detectadas durante la elaboración del propio dictamen.


Cuando el Contador Público Registrado identifica contribuciones omitidas o determinadas incorrectamente, el contribuyente debe enterar las diferencias mediante declaración complementaria dentro del plazo previsto por la legislación aplicable.


En consecuencia, una revisión tardía puede traducirse en pagos adicionales no presupuestados, ajustes fiscales de última hora, cargas operativas extraordinarias y una mayor exposición ante la autoridad estatal.


En caso de no presentar el dictamen en tiempo y forma, la multa aplicable puede ubicarse entre 215 y 623 UMA, equivalente a un rango aproximado de $25,221.65 a $73,084.13 pesos, considerando el valor de la UMA vigente para 2026.



Señales de alerta que requieren atención inmediata


Antes del vencimiento del plazo, resulta recomendable verificar si la organización se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:


  • Promedio mensual superior a 100 trabajadores durante el ejercicio 2025.
  • Remuneraciones pagadas superiores a $12 millones de pesos.
  • Ingresos por servicios de hospedaje iguales o superiores a $10 millones de pesos.
  • Presentación oportuna del Aviso de Dictamen.
  • Integración adecuada de conciliaciones, documentación soporte y papeles de trabajo necesarios para sustentar la información dictaminada.

La identificación temprana de estos elementos puede marcar la diferencia entre un cumplimiento oportuno y una contingencia fiscal con impacto financiero y operativo.

Cumplimiento inteligente: una ventaja para la toma de decisiones

 

Las organizaciones con mejores prácticas de control han entendido que el cumplimiento fiscal ya no consiste únicamente en presentar declaraciones dentro de plazo, sino en anticipar riesgos y validar que la información reportada sea consistente con la realidad operativa, contable y financiera del negocio.

 

Una revisión preventiva permite detectar desviaciones antes de que sean observadas por la autoridad, fortalecer la documentación soporte y reducir la probabilidad de diferencias futuras.

 

 

BHR México: experiencia técnica para transformar obligaciones en certeza

 

Nuestro equipo especializado en Auditoría para Seguridad Social y Contribuciones Locales acompaña a las empresas en la evaluación integral de sus obligaciones estatales, validando oportunamente:

 

  • El cumplimiento de los supuestos de dictaminación.
  • La correcta integración de la base gravable.
  • Las conciliaciones de remuneraciones y contribuciones estatales.
  • La identificación de diferencias antes de la presentación.
  • La integración de la documentación soporte requerida por la autoridad.

La experiencia demuestra que las contingencias más costosas suelen ser aquellas que pudieron identificarse antes del vencimiento del plazo. Por ello, una revisión preventiva no solo fortalece el cumplimiento, sino que brinda mayor certeza financiera y operativa a la organización.

 

El 30 de junio está cada vez más cerca. La pregunta no es únicamente si su empresa debe presentar el dictamen, sino si cuenta con la información, conciliaciones y soporte documental necesarios para hacerlo sin riesgos.

 

En BHR México podemos apoyarle a revisar oportunamente sus obligaciones estatales, identificar posibles diferencias y fortalecer el soporte técnico del Dictamen Yucatán 2025 antes de su presentación.

 

 

Fuente: Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán; Código Fiscal del Estado de Yucatán; INEGI, valor de la UMA 2026.

 

 

 

 

 

 

 

Miguel Castañeda Villalobos

Gerente de Seguridad Social y Contribuciones Locales

Michel Sarai Rodriguez Ramos

Senior de Seguridad Social y Contribuciones Locales

 

dn@bhrmx.com

 

9 de junio de 2026