El 4 de noviembre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, que entró en vigor el 5 noviembre 2026. Su objeto es promover y regular la adopción masiva de pagos con código QR, NFC, transferencias, tarjetas y domiciliaciones.
La ley aplica a quienes realizan actos de comercio de forma habitual y profesional. Se debe habilitar el cobro digital, informarlo a sus usuarios y atender lo que impida aceptarlo. Para la mayoría de las entidades, la pregunta ya no es si van a digitalizar el cobro, sino cuando.
Lo que viene en las próximas semanas
Ciberseguridad y tecnologías de la información
La ley reconoce la CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano como mecanismos de confianza válidos para contratar servicios financieros a distancia. Desde la seguridad de la información, esto exige controles estrictos de gestión de identidad y acceso, cifrado de datos y protección contra la suplantación de identidad.
También define la contingencia como un evento imprevisto o de fuerza mayor que afecta la continuidad de la infraestructura transaccional. Entidades, proveedores y autoridades deben subsanar las fallas de inmediato, y la ley es explícita en que una contingencia técnica no justifica incumplimientos permanentes o recurrentes. El Banco de México y la CNBV emitirán las especificaciones obligatorias para cobrar con código QR en terminales punto de venta.
Revisión y control interno
Los documentos del Expediente Digital Ciudadano producen los mismos efectos jurídicos que los físicos. Esto da soporte para validar evidencia puramente digital en revisiones de cumplimiento, legales o financieras.
Cuando la SHCP publique los sectores estratégicos, cada entidad deberá verificar si pertenece a alguno, si cumple con los periodos de transición y si su protocolo para cobrar en efectivo o cheque se limita a contingencias declaradas. Como las fallas recurrentes no eximen de responsabilidad, las pruebas periódicas a los planes de continuidad y recuperación de las plataformas de pago dejan de ser una buena práctica y se vuelven un control necesario.
Contabilidad y finanzas
Las entidades deberán adecuar sus políticas de tesorería, cobranza y contabilidad para migrar del efectivo a los medios electrónicos.
El efectivo ya tenía un costo fiscal. Para poder deducir un gasto mayor a $2,000, la Ley del ISR exige pagarlo por transferencia, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico, y los combustibles deben pagarse por medios electrónicos sin importar el monto (LISR, artículo 27, fr. III). A eso se suman las restricciones al uso de efectivo en ciertas operaciones de la LFPIORPI (artículo 32). La nueva ley lleva esa lógica del gasto al cobro.
Lo que la entidad puede revisar desde hoy
Nuestra lectura
La ley avanza en una dirección razonable, pero llega antes que las condiciones para cumplirla. Prioriza la velocidad sobre la seguridad: digitaliza el cobro antes de asegurar que exista la infraestructura para implementarlo, y crea una identidad digital sin una ley general de ciberseguridad que la proteja. La brecha de conectividad también es real. Según el INEGI, una de cada cuatro personas en zonas rurales no usa internet.
Te acompañamos en la transición
En BHR México integramos en un solo equipo la revisión contable, de control interno, fiscal y de tecnología que exige esta ley. Te atendemos desde la oficina más cercana a tu operación, con el respaldo de nuestra afiliación internacional a SFAI Global.
¿Tu empresa todavía cobra en efectivo?
Solicita un diagnóstico de preparación ante la Ley de Economía Digital. Te entregamos un reporte escrito con tus flujos de efectivo por sucursal y canal, las brechas en tu infraestructura de cobro y en tu control interno, y un plan de transición alineado a los plazos de la SHCP.
Fuentes
José Luis Zamora
Socio CDMX y Guadalajara
5 de noviembre de 2026
Escríbenos ahora