IMSS aprueba proyecto para garantizar derechos de trabajadores incapacitados que dejan de ser subcontratados

A través de comunicado de prensa el día 30 de agosto del año en curso, el director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, doctor Mauricio Hernández Ávila, señalo que es importante considerar la continuidad de los derechos laborales, salarios, antigüedad y prima de riesgo.

El Doctor Hernández Ávila, propone la transformación del patrón sustituto sin cambios para trabajadores que se encuentren con Incapacidad Temporal para el Trabajo. Ante ello el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobó un proyecto para que los patrones que hayan informado al IMSS la sustitución patronal en términos de la reforma en materia de subcontratación laboral, puedan realizar la migración de los trabajadores, incluyendo aquellos incapacitados temporalmente.

Se busca con ello, que estos trabajadores incapacitados sean dados de alta en la empresa sustituta al día inmediato siguiente de su baja en la empresa sustituida, sin cambio en el salario que cotizaban, obteniendo así la garantía de la continuación de sus derechos

Expreso también, que la reforma que prohíbe el régimen de subcontratación laboral, permite la migración de miles de trabajadores de empresas prestadoras de servicios de personal a sus patrones reales; incluso, algunos trabajadores pueden encontrarse con alguna incapacidad temporal para el trabajo al momento de realizarse la migración y con ello impedir que se concrete el proceso en comento.

Sin embargo en este acuerdo, muestra que los patrones podrán llevar a cabo la migración de los trabajadores para la sustitución patronal, presentando para el caso de trabajadores con Incapacidad Temporal para el Trabajo (ITT) un movimiento afiliatorio de baja, en el entendido que serán dados de alta en el día inmediato siguiente con el patrón sustituto, donde se reconocerán derechos laborales, salarios, antigüedad y prima de riesgo.

El Acuerdo manifiesta que la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales del Instituto tiene previsto este proceso de sustitución patronal para obtener la migración de trabajadores de las empresas bajo el régimen de subcontratación laboral hacia una nueva empresa destino. De lograrse, la baja con la empresa prestadora de servicios de personal y el alta del trabajador con su patrón real, se conseguirá eliminar la subcontratación del personal y “no permanecerán en registros patronales que no deben existir por Ley”.

FUENTE: Instituto Mexicano del Seguro Social

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