Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): Permiso COVID-19 Versión 3.0

El Gobierno de México, a través de boletín de Prensa No. 017/2022 expresa el relanzamiento del permiso COVID-19, fue anunciado el día 11 de enero de este año por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con el respaldo de su Honorable Consejo Técnico.

Debido a los recientes aumentos de contagios y riesgos que se tienen con la variante ómicron, el IMSS pone de nuevo en marcha el Permiso COVID, trámite que se podrá realizar en línea, se busca que el servicio sea más flexible, no estar sujeto al semáforo epidemiológico y sin la necesidad de visitar los servicios médicos del instituto. En marzo del 2020 este trámite ya había sido utilizado, resultando ser eficiente porque redujo riesgos y rompió cadenas de contagio, actualmente se volverá a reactivar en beneficio de la salud de los derechohabientes.

El Maestro Zoé Robledo, quien es el director del Instituto Mexicano del Seguro Social, fue el encargado de anunciar el relanzamiento de este permiso, detalló que la duración de esta autorización para quienes lo solicitan es hasta por 7 días para derechohabientes con síntomas, y de 5 días para las personas asintomáticas que cuentan con prueba positiva.

La decisión de reactivar este permiso surge al ver el aumento de trabajadores con síntomas en las empresas, afectando desfavorablemente a la salud de sus compañeros, el ciclo productivo, su desplazamiento, así como el tiempo de espera para acreditar su condición en los establecimientos médicos, por ello se hizo aconsejable la adopción de medidas extraordinarias en favor de la reducción de contagios, la salud de los trabajadores y en apoyo a la continuidad de la actividad económica.

Ante esta situación y a la experiencia que se adquirió en los meses anteriores, el Honorable Consejo Técnico del IMSS, apoyo la iniciativa, “Permiso COVID-19. Versión 3.0”, poniendo entera confianza en la buena fe de los trabajadores y poniendo a disposición la aplicación digital, en la cual se responderá un cuestionario de síntomas, historial de vacunación y padecimientos preexistentes, con ello se podrá obtener el “Permiso COVID-19”, el documento es asimilable a una incapacidad y con el que se podrá recibir el pago correspondiente en su cuenta bancaria. Zoé Robledo menciono también, que, para aquellas madres trabajadoras en estado de maternidad, podrán hacer el trámite de su incapacidad en el servicio digital y evitar su traslado, protegiendo su salud y la de su familia.

  • El trámite se realiza ingresando a la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o incluso descargando la aplicación IMSS Digital y en donde se debe dar clic en  Permiso COVID-19.
  • El sistema solicitara agregar CURP, código postal y dando clic en iniciar.
  • Se deberá responder a los cuestionarios de síntomas, vacunación y padecimientos existentes.
  • Además de ingresar información complementaria como teléfono de algún contacto.
  • Se tendrá que indicar si se cuenta con alguna prueba de enfermedad respiratoria (no es condicionante para el otorgamiento de este permiso).
  • Al finalizar se debe proporcionar correo electrónico y cuenta CLABE interbancaria para recibir el pago correspondiente.
  • Al obtener el permiso covid, se debe notificar al centro laboral para justificar la ausencia.

Nuestros especialistas del área de Auditoría para Seguridad Social e INFONAVIT y Contribuciones Locales se encuentra a sus órdenes para ayudarte a resolver dudas o cumplir con las disposiciones señaladas en el presente boletín.

FUENTE:

Instituto Mexicano del Seguro Social

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