La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ampara el tope de la PTU.

En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado constitucional el límite impuesto al monto del reparto de utilidades (PTU) para los trabajadores mexicanos, marcando un precedente en la regulación laboral del país. Esta decisión del 3 de abril de 2024, confirma la validez de la modificación al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que establece como máximo a recibir el equivalente a tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, aplicando la opción más favorable para el empleado.

Esta reforma es el resultado de intensas negociaciones entre el gobierno, los empleadores y los sindicatos en medio de uno de los períodos económicos más desafiantes de México. La medida busca equilibrar la necesidad de proteger los derechos de los trabajadores mientras se enfrenta a los retos de la productividad y la evasión de responsabilidades laborales a través de la subcontratación.

La SCJN ha argumentado que la ley no elimina el derecho al reparto de utilidades, sino que lo regula dentro de un contexto más amplio que busca erradicar abusos y promover una distribución más justa. La decisión ha sido recibida con opiniones mixtas, anticipándose impugnaciones por parte de algunos sectores. Sin embargo, la Corte ha señalado que la norma se inscribe dentro de las facultades legislativas para regular los derechos laborales, similar a cómo se manejan otras cuestiones como la jornada y el salario.

Debe efectuarse inicialmente 3 cálculos para determinar la PTU causada: 1. Comparar 3 meses de sueldo por trabajador contra 3 meses promedio de PTU (es por cada trabajador) y se selecciona la mayor opción. 2: La opción seleccionada en el punto 1 se debe comparar contra el cálculo de la PTU conforme al procedimiento del artículo 9 de la LISR y se seleccionará el menor, la suma de PTU por cada trabajador será la provisión de la PTU causada del año, sin embargo, si hay PTU pendiente de pago del ejercicio 2022, deberá sumarse a la PTU causada del 2023 y será la PTU a pagar en mayo del 2024 y será el pasivo a registrar al 31 de diciembre del 2024. 

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