¿La documentación de su empresa refleja cómo opera actualmente el grupo?

Los Precios de Transferencia continúan siendo un componente relevante del cumplimiento fiscal de los grupos empresariales. Sin embargo, su revisión no debe limitarse a la elaboración de un estudio al finalizar el ejercicio.

 

Las operaciones, estructuras y responsabilidades de las empresas pueden modificarse durante el año. Cambios en las cadenas de suministro, nuevas tecnologías, procesos de digitalización, financiamientos, reestructuras o ajustes en la estrategia comercial pueden alterar las funciones desempeñadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos por cada entidad.

 

Cuando estas modificaciones no se reflejan oportunamente en las políticas, contratos y documentación de Precios de Transferencia, pueden generarse diferencias entre lo que establece el estudio y la realidad económica de las operaciones.

 

El estudio debe corresponder con la operación real

 

La Ley del Impuesto sobre la Renta establece que las operaciones celebradas entre partes relacionadas deben determinarse considerando los precios, contraprestaciones o márgenes que habrían utilizado partes independientes en operaciones comparables.

 

Asimismo, la documentación comprobatoria debe incluir información sobre las funciones o actividades realizadas, los activos utilizados, los riesgos asumidos, las características de cada operación, el método aplicado y los elementos de comparabilidad utilizados.

 

Esto significa que no basta con contar con un estudio técnicamente elaborado. La información debe ser consistente con:

 

  • Los contratos intercompañía.
  • La contabilidad y los estados financieros.
  • Los CFDI y registros auxiliares.
  • Las declaraciones fiscales e informativas.
  • Los organigramas y políticas corporativas.
  • Los resultados financieros de cada entidad.

Una diferencia relevante entre estas fuentes puede provocar cuestionamientos respecto de la sustancia de la operación, la metodología aplicada o la razonabilidad de la contraprestación.

 

El análisis funcional debe actualizarse

 

El análisis funcional permite identificar qué entidad desarrolla las actividades relevantes, qué recursos utiliza, qué decisiones adopta y qué riesgos controla efectivamente.

 

En la práctica, estos elementos pueden cambiar aun cuando los contratos o las políticas corporativas permanezcan sin modificaciones. Por ejemplo, una entidad puede asumir nuevas funciones comerciales, incorporar personal especializado, administrar activos tecnológicos, participar en decisiones estratégicas o controlar riesgos que anteriormente correspondían a otra empresa del grupo.

 

Si estos cambios no se documentan, la remuneración asignada a cada entidad podría dejar de ser congruente con su perfil funcional.

 

Por ello, es recomendable validar periódicamente:

 

  • Las funciones ejecutadas por cada entidad.
  • Los activos tangibles e intangibles utilizados.
  • La capacidad financiera para asumir riesgos.
  • Las personas que controlan y administran dichos riesgos.
  • Las decisiones estratégicas adoptadas localmente.
  • Los cambios en procesos, productos, mercados o cadenas de suministro.

Contribuciones únicas y valiosas

 

El Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 incluye el criterio 33/ISR/PI, conforme al cual los análisis de Precios de Transferencia deben reconocer las contribuciones únicas y valiosas realizadas por las partes relacionadas.

 

Estas contribuciones pueden consistir en intangibles, conocimientos especializados, procesos, relaciones comerciales, ventajas competitivas o actividades relacionadas con el desarrollo, mejora, mantenimiento, protección o explotación de activos intangibles.

 

La falta de reconocimiento de estas aportaciones puede afectar la selección de la parte analizada, la elección de comparables, la metodología utilizada y la distribución de la utilidad entre las entidades participantes.

 

Operaciones que requieren mayor soporte

 

Algunas transacciones demandan evidencia particularmente sólida debido a su naturaleza y complejidad.

 

Servicios intragrupo

 

Debe acreditarse que el servicio fue efectivamente prestado, que generó o podía generar un beneficio para la entidad receptora y que la contraprestación es razonable.

 

La factura y el contrato, por sí solos, pueden resultar insuficientes. Es conveniente conservar entregables, reportes, comunicaciones, controles de horas, criterios de asignación y demás evidencia de la prestación.

 

Financiamientos

 

El análisis debe considerar, entre otros elementos, el monto, plazo, moneda, garantías, solvencia del deudor, condiciones contractuales y tasa de interés.

 

También debe verificarse que la conducta real de las partes corresponda con lo establecido en los contratos.

 

Regalías e intangibles

 

Es necesario identificar quién desarrolla, mejora, mantiene, protege y explota el intangible, así como las contribuciones efectuadas por cada entidad.
La propiedad legal de una marca, patente o tecnología no necesariamente determina por sí sola qué empresa debe recibir el rendimiento económico asociado.

 

Reestructuraciones y cambios operativos

 

La transferencia de funciones, activos, riesgos, clientes o actividades puede modificar el perfil de las entidades y generar la necesidad de actualizar políticas, contratos, metodologías y remuneraciones.

 

Monitorear los márgenes antes del cierre

 

Esperar hasta la elaboración del estudio anual puede limitar la capacidad de reacción de la empresa.

 

El monitoreo periódico de los resultados permite comparar los márgenes obtenidos con las políticas internas y los rangos de mercado utilizados como referencia. De esta forma pueden detectarse oportunamente desviaciones ocasionadas por cambios operativos, condiciones extraordinarias, nuevos costos o modificaciones en el volumen de las operaciones.

 

Cuando se identifica una desviación, la empresa puede evaluar con anticipación sus causas y determinar si procede actualizar la política, fortalecer la documentación o analizar un ajuste de Precios de Transferencia conforme a las disposiciones aplicables.

 

¿Qué debe revisar su empresa durante 2026?

 

Para fortalecer su posición fiscal, es recomendable:

  1. Actualizar el inventario de operaciones con partes relacionadas nacionales y extranjeras.
  2. Validar que existan contratos vigentes para cada tipo de operación.
  3. Confirmar que los contratos coincidan con la conducta efectiva de las partes.
  4. Revisar si cambiaron las funciones, activos o riesgos de alguna entidad.
  5. Identificar intangibles y contribuciones únicas o valiosas.
  6. Integrar evidencia suficiente de los servicios intragrupo.
  7. Analizar las condiciones financieras de préstamos y cuentas intercompañía.
  8. Conciliar contratos, CFDI, contabilidad, estados financieros y declaraciones.
  9. Monitorear periódicamente márgenes e indicadores financieros.
  10. Documentar oportunamente las causas de resultados extraordinarios o pérdidas.
  11. Revisar la consistencia entre el estudio, la declaración informativa y demás reportes fiscales.
  12. Evaluar posibles ajustes antes del cierre del ejercicio.

Conclusión

 

Los Precios de Transferencia no deben administrarse únicamente como una obligación anual. Constituyen un proceso continuo que debe acompañar la evolución de las operaciones del grupo.

 

Una revisión preventiva durante 2026 permite identificar cambios funcionales, corregir inconsistencias, reforzar la evidencia y evaluar oportunamente posibles desviaciones respecto del principio de plena competencia.

 

En BHR México apoyamos a las empresas en la revisión de sus operaciones intercompañía, análisis funcionales, políticas de Precios de Transferencia, estudios de comparabilidad, monitoreo de márgenes y cumplimiento de declaraciones informativas.

 

Anticipar la revisión permite llegar al cierre con una posición fiscal mejor documentada y con mayor capacidad de defensa.

 

Fuentes

 

  • Ley del Impuesto sobre la Renta. Artículos 76, fracciones IX, X y XII; 76-A; 179 y 180.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2026. Anexo 3, criterio 33/ISR/PI, Reconocimiento de contribuciones únicas y valiosas.
  • Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Guías de Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias 2022.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Miguel Hernández M.

Director Certidumbre Fiscal

Claudia Rodríguez

Gerente de Precios de Transferencia

 

dn@bhrmx.com

 

23 de julio de 2026