El 8 de septiembre de 2026 el Ejecutivo Federal presentó, ante el H. Congreso de la Unión, el “Paquete Económico 2027”; es importante señalar que el proceso para su aprobación requiere que la Cámara de Diputados avale la Ley de ingresos a más tardar el 20 de octubre para que posteriormente pase a auscultación al Senado de la República que tendrá que ratificar dicha Ley a más tardar el 31 de octubre; por lo que, para efectos del Presupuesto de Egresos de la Federación la Cámara de Diputados tiene hasta el 15 de noviembre para su aprobación.
Es importante destacar que el “Paquete Económico 2027” no se limita a ajustes recaudatorios. La propuesta de ISR cambia de manera estructural el momento y la capacidad de aprovechar deducciones y pérdidas fiscales para personas morales, eleva la presión de pagos provisionales y reduce el límite de deducibilidad de intereses netos. Al mismo tiempo, amplía el umbral para los contribuyentes “RESICO” y eleva a rango legal diversos incentivos de inversión.
A. Mecanismo de control de deducciones autorizadas
La iniciativa adiciona un nuevo Capítulo X al Título II (artículos 78-A a 78-F) y sustituye el esquema tradicional de pérdidas fiscales del Capítulo VI. El eje es un límite anual a las deducciones de las personas morales.
B. Pérdidas fiscales y pagos provisionales
Para 2027 se propone que, en pagos provisionales, las personas morales con ingresos acumulables superiores a $50 millones ajusten el coeficiente de utilidad:
C. Intereses netos: de 30% a 20%
Se propone reformar el artículo 28, fracción XXXII, para reducir del 30% al 20% el porcentaje de utilidad fiscal ajustada contra el cual pueden deducirse intereses netos.
D. Anticipos, pagos al extranjero y costo fiscal de acciones
E. RESICO: expansión y opcionalidad
F. Incentivos: Plan México y Polos de Desarrollo
La iniciativa busca incorporar a disposiciones de vigencia transitoria beneficios que hoy provienen de decretos, con el objetivo declarado de dar mayor certeza a inversiones de mediano y largo plazo.
G. Factureras, “nomineras” y materialidad
La exposición de motivos identifica expresamente como focos de evasión las deducciones artificiales, CFDI de operaciones inexistentes y esquemas en los que asociaciones o figuras similares canalizan pagos a trabajadores, socios o accionistas sin las retenciones correspondientes.
A. Magnitud del paquete
La iniciativa estima ingresos totales por $10.636 billones, de los cuales $6.264 billones corresponden a impuestos. El ISR se estima en $3.289 billones y el IVA en $1.768 billones.
B. Retención sobre intereses
La tasa anual de retención provisional aplicable a intereses de los artículos 54 y 135 de la LISR se propone en 0.68% para 2027.
C. Autocorrección y regularización
D. Medios de defensa y garantía del interés fiscal
Para recursos de revocación interpuestos desde el 1 de enero de 2027 se propone un plazo de seis meses para constituir la garantía del interés fiscal; si se resuelve antes, habría diez días posteriores a la notificación para garantizar. En recurso de revocación exclusivo de fondo no se exigiría garantía durante su substanciación.
E. Fiscalización
La LIF mantiene el énfasis en eficiencia recaudatoria y combate a evasión. Además, prevé un programa de verificación y comprobación para sujetos del Título III de la LISR, sujeto a reglas generales del SAT.
La iniciativa actualiza cuotas y figuras regulatorias con una lógica de correspondencia entre costo del servicio y derecho cobrado. El impacto es altamente sectorial y debe incorporarse al presupuesto regulatorio de cada industria.
El Proyecto prevé gasto neto total de $10.636 billones y un déficit presupuestario de $1.359 billones. Para empresas, el PEF debe leerse no sólo como gasto público, sino como señal de demanda, contratación, infraestructura, sectores prioritarios y presión de financiamiento público.
El Paquete Económico 2027 propuesto cambia la conversación fiscal: de una gestión centrada en la tasa nominal del ISR a una gestión de disponibilidad temporal de deducciones, pérdidas, costo fiscal de la deuda y evidencia de sustancia.
El mayor riesgo no es únicamente pagar más impuesto, sino pagarlo antes, con menor capacidad de absorber pérdidas y con mayor sensibilidad a errores de proveedores y documentación.
La oportunidad está en anticipar el impacto de caja, depurar riesgos antes del cierre 2026 y capturar de forma disciplinada los estímulos de inversión y regularización disponibles.
En BHR México te podemos ayudar en el diseño, implementación y monitoreo de un plan de acción, modelos financieros y posibles escenarios con la finalidad de que los contribuyentes se preparen para los cambios que, de aprobarse como se presentó el Paquete Económico, sean necesarios para hacer frente a los nuevos ordenamientos.
Miguel Ángel Hernández Mora
Director de Certidumbre Fiscal
9 de septiembre de 2026
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