ACTIVIDADES VULNERABLES

Debido a que existe gran preocupación por el aumento de operaciones ilícitas en tema de lavado de dinero por parte de la delincuencia organizada a nivel nacional e internacional, México, como integrante del Grupo de Acción Financiera sobre Blanqueo de Capitales, incrementó la normatividad regulatoria con base a los estándares internacionales que dicho organismo ha instrumentado para combatir delitos como el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, publicando el pasado 17 de octubre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) correspondiente a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Federal PIORPI), con la finalidad de proteger al sistema financiero y economía nacional.

 

 

Pero, ¿qué y cuáles son las “Actividades Vulnerables” que menciona la Ley Federal PIORPI?

 

Las “Actividades Vulnerables” son una serie de actividades derivadas de diversos estudios en la materia son consideradas de alto riesgo por ser utilizadas como un vehículo para blanquear capitales provenientes de la realización de algún delito, y de esta forma integrar dichos recursos a la economía formal.

 

En la Ley Federal PIORPI, se encuentra catalogado como “Actividad Vulnerable” el ofrecimiento habitual o profesional de lo siguiente:

 

  • Intercambio de activos virtuales
  • Desarrollo inmobiliario
  • Juegos con apuestas, concursos y sorteos
  • Emisión o comercialización de tarjetas de servicios y crédito
  • Emisión de tarjetas de prepago y cupones
  • Emisión de tarjetas de devolución y recompensas
  • Emisión de cheques de viajero
  • Operaciones de mutuo, préstamo o crédito
  • Servicios de blindaje
  • Comercialización o intermediación de bienes inmuebles
  • Comercialización o intermediación de metales preciosos y joyas
  • Subasta o comercialización de obras de arte
  • Comercialización de vehículos
  • Servicios de traslado o custodia de valores
  • Servicios profesionales de forma independiente
  • La recepción de donativos
  • Prestación de servicios de comercio exterior
  • Arrendamiento de inmuebles
  • Fe pública (notarios, corredores públicos y servidores públicos)

 

Es importante destacar la complejidad y carga administrativa que representa el dar un adecuado cumplimiento a las más de 20 obligaciones establecidas en la Ley Federal PIORPI tales como:

 

  • Alta en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero.[1]
  • Debida identificación de sus clientes, previo a realizar operaciones con estos.
  • Identificación de dueños beneficiarios.
  • Integración de expedientes únicos de identificación de cada uno de sus clientes.
  • Envío de avisos sobre las operaciones que rebasen los umbrales.
  • Identificación de factores de riesgo que representen el envío de un aviso especial.
  • Elaboración de una política que establezca los procedimientos para la prevención de lavado de dinero.
  • Resguardo de la documentación relacionada al cumplimiento de la Ley Federal PIORPI.
  • Implementación de mejores prácticas emitidas por la Unidad de Inteligencia Financiera.

 

Es importante recalcar que, mientras no se dé un adecuado cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal PIORPI, se cuenta con un alto riesgo de ser acreedor de alguna de las sanciones de carácter administrativo establecidas en la Ley, las cuales pueden ir de los $17,000 mxn a $5,400,000.00 mxn; o del diez al cien por ciento del valor del acto u operación, cuando sean cuantificables en dinero.

 

Además de dar un adecuado cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal PIORPI, recomendamos la implementación de controles internos adicionales para la prevención de operaciones ilícitas, así como blindar tu empresa de ser vinculada a alguna investigación por temas de lavado de dinero y este nos pueda generar un riesgo de tipo penal.

[1] https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/sppld.html

 

En BHR México contamos con un grupo de especialistas en la materia y nos nos encontramos a su disposición para auxiliarlos en la evaluación e implementación de controles internos relacionadas a la prevención de lavado de dinero, financiamiento al terrorismo o cualquier riesgo empresarial, que permitan auxiliar a la toma de decisiones de su entidad y mitigar los riesgos a los que se pueda estar expuestos.

 

Prevención Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo / Prevención, disuasión y detección de Fraude / Riesgos empresariales

Ximena Galicia

PLD-Riesgos-Compliance
xgalicia@bhrmx.com

 

En México contamos con 19 oficinas en toda República Mexicana, 55 socios y más de 500 profesionales para ofrecerte la mejor calidad de nuestros servicios. Conócelos aquí